PENSIÓN ALIMENTICIA




LEY DE PENSIONES ALIMENTARIAS  y CÓDIGO DE FAMILIA


  • CONCEPTO : 
Se entiende por alimentos lo que provea sustentos , habitación , vestido , asistencia medica , educación , diversión , transporte y otros , conforme a las posibilidades económicas y el capital que les pertenezca o posea quien a de darlos. 
Se tomaran en cuenta las necesidades y el nivel de vida acostumbrados por el beneficiario , para su normal desarrollo físico y psíquico , así como sus bienes. ( Art. 164, código de familia ).

"La pension alimenticia es una obligacion de caracter civil que recae sobre determinadas personas , espcialmente determinadas por la ley, economicamente solventes.
Consiste en suministrar periodicamente a otras , de ordinario conyugue , hijo u otro pariente cercano, una suma de dinero para sufragar las necesidades de su existencia."



GASTOS SUPLEMENTARIOS DE LA PENSION ALIMENTICIA


  • GASTOS DE CUIDO :
Se considerara cuando sea necesario para que la persona custodia desempeñe un empleo o pueda estudiar . 
También se considera gastos de cuido , el costo de cuido que provea una institucion educativa luego de culminar el horario regular de clases, y el gasto por concepto de campamento .

  • GASTO DE EDUCACIÓN :
Pago de matricula anual , mensualidades de colegio , pago por concepto , de estudios supervisados , tutorias , gastos anuales para la compra de uniformes, efectos escolares y cualquier gasto relacionado con la educacion del alimentista .
Tambien se considera del hospedaje en los estudiantes universitarios que necesitem sufragar este gasto para poder estudiar .

  •  GASTOS DE SALUD NO CUBIEIRTOS POR PLAN MEDICO : 
Salud visual , dental , emocional , reabilitacion vocacional , ortopedia .



¿Hasta que edad se puede recibir una pensión alimenticia?
El hijo tiene derecho a una pensión de alimentos hasta los 18 años de edad. Si existe un tipo de  incapacidad física o mental, o el joven se encuentra cursando estudios, sea en una universidad o un instituto técnico, el plazo se puede extender hasta los 28 años.
¿Qué hacer si el padre se niega a pasar una pensión?
En estos casos se puede optar por tres vías: la conciliación, la conciliación extrajudicial, que se da cuando el padre no cumple con el acuerdo que se dio producto de la conciliación, y el proceso judicial. 
Si pese a esto el deudor no cumple, se podrá embargar sus cuentas, o los ingresos que perciba por su actividad laboral. Además, a pedido de la persona que demanda la pensión de alimentos, el juez de oficio puede derivar la documentación correspondiente a la fiscalía provincial penal de turno a efectos de que se formalice la denuncia penal.
De acuerdo al Código Penal, el delito de Omisión a la Asistencia Familiar (OAF) es sancionado con hasta tres años de prisión. 
¿Cómo se calcula el monto de la pensión?

La ley no fija un monto especifico o formula alguna para calcular este monto. No obstante, existen dos criterios que se suelen considerar al establecer el monto: la necesidad del alimentista y la capacidad económica del deudor, que incluye sus ingresos o si tiene alguna carga familiar.
"El juez puede considerar como mínimo el sueldo mínimo vital, hablamos de un porcentaje entre un 15% y 25%, que dependerá  de la carga de familia que pueda tener la otra parte", sostiene.

¿
Se puede variar el monto de la pensión?

En caso el padre o madre no se encontrara conforme con el monto de la pensión de alimentos, puede solicitar un aumento ante un juez. El proceso será similar al que se siguió al momento de iniciar la demanda civil. 



























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